Protocolo de Prevención y Actuación
Formulario de Denuncia frente al Acoso Sexual y/o Acoso por Razón de Sexo
Las empresas EUROTEX TCH e INDUSTRIAS QUÍMICAS EUROTEX, S.L. habilitan el siguiente formulario de denuncia como parte de la implantación del procedimiento de prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo, negociado y acordado por la comisión negociadora del plan de igualdad, con la intención de establecer un mecanismo que fije cómo actuar de manera integral y efectiva ante cualquier comportamiento que pueda resultar constitutivo de acoso sexual o por razón de sexo.
Si usted no desea usar el formulario en línea, dispone de otras dos opciones en las que igualmente se preservará la total confidencialidad de la denuncia:
Correo electrónico a denunciasacoso@eurotex.es, adjuntando el formulario de denuncia disponible en esta web y los documentos de prueba que estime oportunos.
Presentación presencial a María del Carmen Falcón, de RRHH, aportando el formulario de denuncia disponible en esta web y los documentos de prueba que estime oportunos.
Conductas constitutivas de acoso por razón de sexo
A modo de ejemplo, y sin ánimo excluyente o limitativo, las siguientes conductas podrían llegar a constituir acoso por razón de sexo en el trabajo de producirse de manera reiterada:
Ataques con medidas organizativas
- Juzgar el desempeño de la persona de manera ofensiva, ocultar sus esfuerzos y habilidades.
- Poner en cuestión y desautorizar las decisiones de la persona.
- No asignar tarea alguna, o asignar tareas sin sentido o degradantes.
- Negar u ocultar los medios para realizar el trabajo o facilitar datos erróneos.
- Asignar trabajos muy superiores o muy inferiores a las competencias o cualificaciones de la persona.
- Órdenes contradictorias o imposibles de cumplir.
- Robo de pertenencias, documentos, herramientas de trabajo, borrar archivos, manipular herramientas causando perjuicio, etc.
- Amenazas o presiones a las personas que apoyan a la acosada.
- Manipulación, ocultamiento o devolución de la correspondencia, llamadas y mensajes de la persona.
- Negación o dificultades para el acceso a permisos, cursos, actividades, etc.
Actuaciones que pretenden aislar a su destinatario o destinataria
- Cambiar la ubicación de la persona separándola de sus compañeros y compañeras (aislamiento).
- Ignorar la presencia de la persona.
- No dirigir la palabra a la persona.
- Restringir a compañeras y compañeros la posibilidad de hablar con la persona.
- No permitir que la persona se exprese.
- Evitar todo contacto visual.
- Eliminar o restringir los medios de comunicación disponibles para la persona (teléfono, correo electrónico, etc.).
Actividades que afectan a la salud física o psíquica de la víctima
- Amenazas y agresiones físicas.
- Amenazas verbales o por escrito.
- Gritos y/o insultos.
- Llamadas telefónicas atemorizantes.
- Provocar a la persona, obligándole a reaccionar emocionalmente.
- Ocasionar intencionadamente gastos para perjudicar a la persona.
- Ocasionar destrozos en el puesto de trabajo o en sus pertenencias.
- Exigir a la persona realizar trabajos peligrosos o perjudiciales para su salud.
Ataques a la vida privada y a la reputación personal o profesional
- Manipular la reputación personal o profesional a través del rumor, la denigración y la ridiculización.
- Dar a entender que la persona tiene problemas psicológicos, intentar que se someta a un examen o diagnóstico psiquiátrico.
- Burlas de los gestos, la voz, la apariencia física, discapacidades, poner motes, etc.
- Críticas a la nacionalidad, actitudes y creencias políticas o religiosas, vida privada, etc.
Procedimiento de actuación
De manera esquemática, las fases y plazos máximos para llevar a cabo el procedimiento de actuación son las siguientes:
Diagrama de fases y plazos máximos del procedimiento de actuación.